dijous, 17 de març del 2011

Lliure Kultur 2 (Oci o Negoci)

El 19 de març, a partir de les 19h vine al local de la Colla Jove Xiquets
de Tarragona i participa a les activitats:


• 19h: taller d’scratch, amb DJ Stronger.

• 19.30h: homenatge a la lluita contra la globalització.

• 20.30h: MÚSICA EN DIRECTE amb:
o La puta gran família (rap, Tarragona)
o Cataska (ska, Valls)
o Primeres mans i Queco (Pds, Reus)

*Hi haurà entrepans calents per sopar!

divendres, 11 de març del 2011

Manifestació 12 Març





12 març
: Manifestació 18h,
Rambla Nova (Estàtua dels Despullats

dilluns, 7 de març del 2011

divendres, 4 de març del 2011

35 años del 3 de marzo, el crimen fascista de Gasteiz que el estado no puede ocultar


Han pasado 35 años de la criminal actuación protagonizada por la Policía Armada el 3 de marzo de 1976 en Gasteiz cuando fueron asesinados 5 trabajadores.

Han pasado 35 años de la criminal actuación protagonizada por la Policía Armada el 3 de marzo de 1976 en Gasteiz. Aquel día cinco trabajadores fueron asesinados y más de un centenar resultaron heridos, algunos de extrema gravedad, como consecuencia de las balas disparadas contra una masa indefensa que se disponía a celebrar una pacífica asamblea valorativa de la jornada de huelga general en la iglesia de San Francisco del barrio gasteiztarra de Zaramaga y que huía medio asfixiada por los gases lacrimógenos lanzados en su interior por las fuerzas que se decían de Orden Público y Seguridad del Estado.

Nadie puede dudar a la hora de definir la masacre cometida el 3 de marzo en Gasteiz como crimen de lesa humanidad. Tanto en la forma de perpetrarla como por su manifiesta intencionalidad, todo ello unido a que esta actuación no fue una acción aislada, sino que estaba encuadrada en un contexto de represión sistemática y generalizada cuyo objetivo final era dar continuidad al régimen dictatorial existente, no ofrece dudas sobre su catalogación, esto es, crimen de lesa humanidad. Menos aún cuando el propio Manuel Fraga, a la sazón uno de los máximos responsables e inductores de la matanza, expresó el carácter ejemplarizante de la actuación policial y de las trágicas consecuencias que pudieran derivarse de la alteración del orden impuesto y establecido.

La ONU, su Comisión de Derechos Humanos, recoge la obligación de los estados de adoptar medidas eficaces para luchar contra la impunidad, entendiendo por impunidad la inexistencia (de hecho o de derecho) de responsabilidad penal por parte de los autores de violaciones, así como de responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria, porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos culpables, condena a penas apropiadas, incluso a la indemnización del daño causado a sus víctimas.

A pesar de lo expuesto y haber transcurridos 35 años, el Estado español, haciendo caso omiso de estas resoluciones, continúa amparando la impunidad de los hechos del 3 de marzo, así como de otros muchos acontecimientos trágicos. Todos nuestros intentos en el enjuiciamiento de los responsables han sido baldíos y se han visto frenados por la aplicación de una ley de «punto final», la mal llamada de Amnistía de 1977, y por la prescripción de los hechos por el tiempo transcurrido, conceptos ambos contrarios a la legislación internacional en materia de derechos humanos aplicables a los delitos de genocidio y crímenes de lesa humanidad.

Así, en este sentido y recogiendo nuevamente resoluciones de la Comisión de Derechos Humaos de la ONU, podemos leer con respecto de las actuaciones violentas de los aparatos y funcionarios del Estado: «Es menester derogar o abolir la legislación y las reglamentaciones e instituciones administrativas que contribuyan a las violaciones de los derechos humanos o que las legitimen. En particular, es menester derogar o abolir las leyes o los tribunales de emergencia de todo tipo que infringen los derechos y las libertades fundamentales garantizados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Deben promulgarse las medidas legislativas necesarias para asegurar la protección de los derechos humanos y salvaguardar las instituciones y los procesos democráticos. Como base de tales reformas, durante períodos de restauración o transición a la democracia y/o a la paz, los estados deberán emprender un examen amplio de su legislación y sus reglamentaciones administrativas.»

Y en referencia a las medidas o leyes de amnistía y sus beneficiarios, se cita: «Incluso cuando tenga por finalidad crear condiciones propicias para alcanzar un acuerdo de paz o favorecer la reconciliación nacional, la amnistía y demás medidas de clemencia se aplicarán dentro de los siguientes límites:

1. Los autores de delitos graves conforme al Derecho internacional no podrán beneficiarse de esas medidas mientras el estado no cumpla las obligaciones enumeradas en el principio 19 o los autores hayan sido sometidos a juicio ante un tribunal competente, sea internacional o internacionalizado o nacional, fuera del estado de que se trata.

2. La amnistía y otras medidas de clemencia no afectan al derecho de las víctimas a reparación previsto en los principios 31 a 34, y no menoscabarán en el derecho a saber.

3. Como la amnistía puede interpretarse como un reconocimiento de culpa, no podrá imponerse a las personas enjuiciadas o condenadas por hechos acaecidos durante el ejercicio pacífico del derecho a la libertad de opinión y de expresión. Cuando esas personas no hayan hecho más que ejercer ese derecho legítimo, garantizado por los artículos 18 a 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y 18, 19, 21 y 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, una ley deberá considerar nula y sin valor respecto de ellas toda decisión judicial o de otro tipo que les concierna; se pondrá fin a su reclusión sin condiciones ni plazos.

4. Toda persona condenada por infracciones que no sean las previstas en el apartado 3 del presente principio y que entren en el ámbito de aplicación de la amnistía podrá rechazar la amnistía y solicitar que se revise su proceso si no ha tenido un juicio imparcial y con las debidas garantías, previstas en los artículos 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los artículos 9, 14 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, o si ha sido condenada sobre la base de una declaración que, según se haya establecido, ha sido hecha como resultado de interrogatorios.»

En cuanto a la prescripción de estos delitos, se recoge: «La prescripción de una infracción penal, tanto en lo que respecta a las diligencias como a las penas, no podrá correr durante el período en que no existan recursos eficaces contra esa infracción. La prescripción no se aplicará a los delitos graves conforme el Derecho internacional que sean por naturaleza imprescriptibles. Cuando se aplica, la prescripción no podrá invocarse en las acciones civiles o administrativas entabladas por las víctimas para obtener reparación.»

Atendiendo a toda esta legislación, podemos apreciar cómo el Estado español ha actuado completamente contra el Derecho internacional y ha vulnerado los derechos de multitud de personas afectadas, y entre ellas las que lo fueron el 3 de marzo de 1976 en Gasteiz.

Se nos ha negado el derecho a un juicio en base a la prescripción, como hemos visto contrario a la legislación internacional. Se nos ha argumentado también que los hechos han sido amnistiados, lo que también contraviene la legislación, y en este aspecto por partida doble, ya que ni se puede amnistiar a los responsables políticos y materiales de la masacre, como tampoco, como así lo fueron, a los obreros encarcelados acusados de sedición, una acusación falsa e interesada que únicamente pretendía justificar la actuación criminal.

Vamos consiguiendo, no sin grandes esfuerzos, avanzar en el camino de la verdad. En este apartado exigimos la creaciones de comisiones de la verdad, y como ejemplo a seguir pueden fijarse en el informe Saville elaborado por encargo del Gobierno británico y que, tras sus demoledoras conclusiones, el propio primer ministro David Cameron no ha dudado en pedir perdón por la atrocidad cometida en Derry en el Bloody Sunday.

Vamos consiguiendo también tímidos pasos en la reparación, pero ante todo consideramos imprescindible y fundamental romper con la impunidad anclada en el tiempo del Estado español. ¡Exigimos justicia efectiva ya!

Martxoak 3 Elkartea, junto con los demás grupos memorialistas que conformamos Lau Haizetara Gogoan, de la mano y amparo de la legislación internacional, se ha marcado unos claros e irrenunciables objetivos, cuales son el derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación, incluidas las garantías de no repetición.

* ANDONI TXASKO DÍAZ, EVA BARROSO CHAPARRO Y JOSÉ LUIS MTZ. OCIO MIEMBROS DE MARTXOAK 3 ELKARTEA

dimecres, 2 de març del 2011

La primera victòria d’en Jona: la solidaritat


Amb cent trenta persones solidàries a les portes de la Ciutat de la Justícia ha tingut lloc el judici contra en Jona i en Toni, els dos represaliats per la manifestació del Forat de la Vergonya. A les cinc de la tarda, en Jona, rebia els aplaudiments i les abraçades, conscient que ara comença una nova tensa espera, la que acabarà amb l’arribada de la sentència.

L’Ajuntament manté els càrrecs quan només ha quedat demostrada l’existència de fitxers il·legals en mans dels Mossos d’Esquadra.

El món al revés, o justícia espanyola. Fins a vuit mossos d’esquadra han reconegut no haver identificat en Jona a la manifestació i fins i tot, han assegurat haver-ne conegut l’existència a partir de les imatges de televisió. No podien assegurar que en Jona formés part del grup d’activistes que van llençar coets contra la façana del MACBA sinó que en veure les imatges a la televisó van arribar a la conclusió que en Jona havia participat a la manifestació, fet que ell reivindica, i que per tant van procedir a detenir-lo. I com coneixien en Jona, si mai havia estat detingut ni identificat? Resposta clara del sergent de la Brigada d’Informació dels Mossos, parapetat darrera una mampara per no ser reconegut: coneixien de molt abans en Jona, per la seva militància independentista en l’Assemblea de Joves de l’Eixample Nord, col·lectiu que forma part de la CAJEI. I com és que el coneixien de la seva militància independentista? Resposta encara més clara: la feina del seu grup policial es basa en el seguiment de moviments socials i veïnals reivindicatius com l’Assemblea de Joves.

Encara més. Els Mossos d’Esquadra, Ajuntament i fiscalia basen la pressumpta col·laboració del Jona amb un grup que va llençar els dos coets en les imatges captades a la televisió. Preguntats per la defensa, els mossos han reconegut que dificilment s’hi pot reconéixer ningú en aquelles imatges. La jutgessa, amb un to entre irònic i emprenyada, ha tancat la polèmica: “on vostè diu que hi veu persones, jo només hi veig taques”.

Poc a poc els Mossos han anat desfilant per la sala, seguits dels testimonis de la defensa i els propis inculpats. En el torn pericial, una darrera perla per a la història de la professionalitat dels Mossos. Per tal de justificar que el dia dels fets els Mossos no van recollir cap resta dels petards utilitzats dels quals s’haurien d’haver fet les proves per esclarir quina potència tenien, els pèrits relaten que només tenien proves dels petards per les imatges de la televisió i que, com han pogut trobar coets en cases okupades desallotjades, com La Gàbia, de Lledia, i com que tots, okupes i manifestants contra l’especulació són antisistemes, els coets suposen que serien similars.

I aquí no passa res. Al torn de les conclusions de les parts, la fiscalia manté la petició. I el mateix fa la representant de l’Ajuntament de Barcelona. Aquesta no afluixa, pren aire i carrega. Sap que li va el sou i les ordres són clares. Venen de la senyora Assumpta Escarp, responsable de seguretat pública de l’Ajuntament i brillant impulsora de la censura a internet quan va demanar la clausura de la web d’Alerta Solidària entre altres. Sense dubtar continua amb el relat oficial i es manté en l’acusació inicial: 8 anys de presó, per atemptat, desordres públics i manifestació il·lícita. Les defenses carreguen també. Critiquen l’ús de fitxers polítics, que no hi hagi més proves que les declaracions contradictòries i un vídeo gens clar. Exigeixen l’absolució dels encausats.

A fora, la solidaritat es fa evident amb un sol primaveral. Fins a cent trenta persones a mig matí i setanta a les cinc de la tarda. Cridant en tot moment per l’absolució d’en Jona, a pocs metres dels Mossos, a les portes de la seva Ciutat de la Justícia, evidenciant, un cop més, que el dret de manifestació no es negocia, s’exerceix.

Font: http://www.alertasolidaria.org/

http://reixa-sri.blogspot.com/

dimarts, 1 de març del 2011

La Plataforma presenta un nuevo proyecto musical (Hip Hop)

La canción "Cristales rotos" supone el lanzamiento de un nuevo proyecto en forma de banda musical de hip hop "combativo y piquetero".

http://www.lahaine.org/index.php?blog=2&p=51673



El colectivo La Plataforma, que lleva 9 años trabajando en el ámbito de la contrainformación audiovisual, presenta ahora un nuevo proyecto en forma de banda musical de Hip Hop "combativo y piquetero" que pretende "mostrar la realidad, ser crítico y compartir el arte al margen de la vorágine comercial".

Este proyecto nace en el estudio de grabación insonorizado creado en el CSO La Traba el verano pasado bajo el nombre de "La Traba Producciones", y cuyo objetivo es "impulsar el hip hop combativo y anticomercial, tanto en Arganzuela como en Madrid y dar la oportunidad a nuevos grupos de grabar y difundir su música y sus ideas". Para distribuir los materiales que se vayan generando en este estudio se está desarrollando el espacio Arganzuela Records.

El videoclip "Cristales rotos", en el que colaboraron estudiantes del instituto de audiovisuales Puerta Bonita, supone el lanzamiento de La Plataforma también como banda musical, y se enmarca en la elaboración de un disco que verá la luz en los próximos meses. Actualmente están disponibles en Internet seis canciones que se pueden oir en este enlace: http://www.myspace.com/laplataformalp

Lucas, uno de los MC's del grupo, comenta que al empezar con el estudio de grabación "trabajamos todos por igual, entramos sabiendo más o menos nada. Es decir, la mayoría sabíamos escribir canciones pero poco a poco hemos ido aprendiendo cómo se produce y a producirnos bases y grabarnos nosotros mismos utilizando programas que se usan en estudios profesionales. Es una dinámica que consiste en aprender de la peña que sabe un poco más y el resultado es que la mayoría de las cosas que hacemos son de producción propia".

Otro de los raperos de La Plataforma, Fabio, subraya que "todo el material se ha conseguido con conciertos que hemos dado en La Traba para autogestionarnos e ir comprando lo que necesitábamos como las escuchas, etc. Luego hay gente que nos trae cosas y un compañero ha cedido micros, por ejemplo".

Además de los conciertos realizados en La Traba, esta banda de hip hop está dando conciertos en otros CSOs. "Ahora mismo nos estamos movimiendo por centros sociales de la gente que se está volcando más en nosotros, que nos está apoyando y que nos da fuerzas para seguir. ¡Aunque en realidad cantamos donde podamos enchufar los micros, el altavoz y los platos!", recalca Wallace, otro de los MC's.

Actualmente la banda consta de 7 cantantes, un Dj y un productor, si bien para el directo añaden un video Dj y una graffitera, dejando claro que "La Plataforma es un proyecto en movimiento".


La Plataforma musical
http://www.myspace.com/laplataformalp

La Plataforma Audiovisual
http://www.myspace.com/colectivolaplataforma

Estudio "La Traba Producciones"
http://www.myspace.com/latrabaproducciones

Love the Rap, Fuck the RAC!